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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Francisco Rodríguez Roales

¿Es obligatorio tener dos titulares con firma en las cuentas de una asociación?

10.06.11

¿Es obligatorio tener dos titulares con firma en las cuentas de una asociación del banco o caja de ahorros para poder operar?

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Jorge Ignacio Mata Arribas

Jorge Mata Arribas. Consultor de Empresas www.jma-asesores.com

Trabaja en:

Asesor particular

13.06.11

Buenos días Francisco

Hasta donde yo sé, no es estrictamente necesario contar con dos personas con firma en las cuentas bancarias de la asociación. Hay empresas en las que solo el gerente o el administrador pueden tocar las cuentas bancarias.

No obstante, siempre recomiendo que haya más de un titular con poderes para operar en las cuentas, ya que imagínate el caso de que el único titular no estuviera disponible (ha tenido un accidente y está hospitalizado, se encuentra de viaje o cualquier otra contingencia que impida que haga uso de sus poderes), en ese caso toda la actividad quedaría paralizada por un problema que puede no tener nada que ver con la asociación.

Por tanto, sí que te aconsejo que en las cuentas bancarias aparezcan un mínimo de dos personas, para evitar este tipo de situaciones que siempre aparecen en el peor momento posible. Salvo mejor opinión.

Jorge Mata Arribas
Gerente de JMA Asesores

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#2

Opinión anónima

13.06.11

En principio no es necesario, pero depende de lo que digan tus Estatutos. Generalmente el banco te pide un certificado emitido por la Asamblea General (es decir, por el/la presidente/a con visto bueno del/la secretario/a) diciendo que se autoriza a esa persona a manejar las cuentas. Si no van a pedir un préstamo o algo así, no ponen muchas mas pegas.

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#3

Aportada por:

Jaume Navarro Laboria

Asesor Económico Contable

Trabaja en:

Asesor particular

14.06.11

Hola Francisco buenas tardes,
En línia con lo expuesto por los compañeros, no es necesario que haya dos firmas. Si que como medida de seguridad haya dos personas que puedan firmar indistintamente, ya que si sus firmas son solidarias, se necesitan conjuntamente las dos firmas para cualquier documento.

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