Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Ana María García Maldonado

¿Es posible destinar la totalidad de una donación a ampliación de la dotación fundacional?

30.05.03

¿Se incumple en algo la ley 30/94?

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Opinión anónima

30.05.03

Por supuesto que es posible, y en nada se contraviene la Ley 50/02 de Fundaciones, puesto que la Ley 30/94 a la que hacen referencia ya está derogada.
Habrá que atender únicamente a la voluntad del donante, si ha efectuado alguna condición, respecto de que la donación se destine a fines, en vez de a dotación. si no ha efectuado condición alguna, es responsabilidad y decisión del Patronato el que dicha donación se destine a fines o a incrementar la dotación fundacional.
Quedamos a su disposición para cualquier aclaración al respecto.

avatar
#2

Respuesta del participante:

Ana María García Maldonado

09.06.03

Muchas gracias por la resolución, rápida y eficaz

solucionesong.org
Un proyecto de