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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Teresa Palau

¿Hay un importe mínimo para inventariar un elemento? ¿es correcto dar de alta en inventario un elemento, por ejemplo, de 50 euros?

30.10.09

Buenas noches,


Quisiera consultar si existe algún tipo de normativa que indique el importe mínimo necesario para dar de alta un elemento en inventario. Si no es así, ¿podemos establecer nosotros un importe o límite a partir del cual si es menor, consideramos el elemento como actividad y si es superior lo damos de alta en inventario?


Os agradeceré vuestras opiniones. Saludos,


Teresa

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Respuestas

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#1

Aportada por:

José Manuel Eiré Rodríguez

Auditor Censor Jurado de Cuentas

Trabaja en:

Asesor particular

02.11.09

Hola te adjunto una respuesta que ya di a una cuestión parecida. No hay ninguna normativa que fije el importe como criterio para considerar si algo es o no inmovilizado.


Es el eterno problema, que hacer con estas compras menores que por su naturaleza son iinmovilizado (ya que su vida util es superior a 1 año) pero son de una cuantia tan pequeña que su control como inmovilizado tiene un coste de oportunidad muy alto. En estos casos lo que he visto habitualment hacer es lo siguiente:

Establecer un importe minimo para considerar inventariable un elemento que por naturaleza lo sea, habitualmente puede ser entre 300€ y 600€. Es decir si marcas 300€ euros como minimo se entiende que cualquier compra de material inventariable inferior a 300€ la consideraremos directamente gasto.

¿Que pasa con compras de inventariable que individualmente son inferiores a ese importe pero que en su conjunto es un importe elevado? (caso tipico de las sillas, una sola por ejemplo vale 200 euros pero si se compran 10 son 2000).

En estos casos normalmente se da de alta como inmovilizado la compra inicial (las 10 sillas) y despues si compras unidades sueltas se considera reposicion y por lo tanto gasto. Si hicieras otra compra conjunta se incrementaria el inmovilizado.

Por eso en este caso tendrias que agrupar los diferentes elementos y darlos de alta por grupos homogeneos en el inmovilizado o, en su caso, pasarlo a gasto.

No es del todo ortodoxo desde el punto de vista contable, pero si que es muy practico y no varia en absoluto la imagen fiel de la contabilidad.

Saludos cordiales
 

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#2

Opinión anónima

03.11.09

Tal como indica el compañero auditor suele determinarse un VALORNIMO (VM) por debajo del cual la adquisición de un elemento del Inmovilizado Material se imputa directamente a GASTO CORRIENTE. No obstante, quisiera añadir un par de observaciones:


1º. Este criterio es aplicable a los elementos del Inmovilizado Material, pero en ningún caqso se aplicará a los elementos del Inmovilizado Intangible.


2º. El VM no se determina de forma aleatoria sino basándose en la IMPORTANCIA RELATIVA del elemento con respecto a:


- el Valor Neto Contable del Total del Inmovilizado Material (VNCIM)


- el Valor Neto Contable del resto de los elementos de la misma naturaleza


En el primer caso, suele considerarse como VALORNIMO el UNO POR DIEZ MIL del VNCIM. Es decir que el VNCIM, obtenido del Balance de Situación del último ejercicio cerrado, se multiplicará por 0,0001 para determinar el VM (también denominado por algunos valor de corte). Por ejemplo, suponiendo que el VNCIM ascendiera a 6 MM de Euros, el VM aplicable resultaría ser de 600,00 Euros.


En el segundo caso se determinaría un VM diferente para cada subgrupo de elementos del Inmovilizado Material. Es decir, que el VM aplicable a Mobiliario sería diferente al que se aplicaría a la Maquinaria o a los Elementos para procesos de información. Teniendo en cuenta, además, que no cabe aplicar VM a los siguientes elementos del Inmovilizado Material:


a) Terrenos y bienes naturales, porque NO SE AMORTIZAN.


b) Construcciones.


c) Utillaje, ver al respecto la Norma de Registro y Valoración 3ª en su apartado (d). 


En cuanto a la forma de calcular el valor de cada uno de los VM sería aplicando el UNO POR MIL al VNC de los elementos integrados en cada uno de los subgrupo. Por ejemplo, si el VNC del conjunto de Equipos para procesos de información asciende a 150.000 Euros, este valor se multiplicaría por 0,001 y el resultado, 150,00 Euros representaría el valor por debajo del cual se imputaría una nueva adquisición a gasto corriente.


 

Espero que estas observaciones extraídas de mi práctica profesional - como Economista-Auditor y Consultor - le resulten de utilidad. Un atento saludo.
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