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Consultas Online

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Horas de prácticas en una asociación

20.03.20

Hola,
Somos una asociación que tenemos contratada a una persona que está estudiando en la universidad y tiene que hacer practicas. El caso es que las practicas son en horario que sino está esta trabajadora tenemos que contratar a otra, para que haga su trabajo, porque es atención a personas.
¿Estamos obligados a darle el horario que nos pide?

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Jose Gil

Gestión ética de proyectos

Trabaja en:

Asesor particular

20.03.20

Pues nadie tiene obligación de nada y todo el mundo tiene obligación de todo.
Me explico.
En primer lugar va a depender del contrato firmado entre la asociación y la trabajadora.
En segundo lugar va a depender del convenio firmado entre la universidad y la empresa que oferta las prácticas.
En tercer lugar de la buena predisposición a hacerlo encajar todo.
El que la trabajadora estudie beneficia a la asociación, directa o indirectamente, al conseguir que dicha trabajadora evolucione y mejore su formación.
La trabajadora debería ser consciente igualmente que la asociación se puede ver perjudicada por sus ausencias en época de prácticas.
Por su pregunta entiendo que la asociación no dispone ni tutor ni convenio para ofrecerle a la trabajadora que haga sus prácticas en la propia asociación (la consulta tampoco especifica si la asociación y los estudios tienen alguna relación).
Por otra parte desconozco la posibilidad de adaptar los periodos vacacionales de la trabajadora en la asociación al periodo de prácticas en la empresa de modo que la incidencia sea mínima.
Adicionalmente, en estos momentos, debido a los “confinamientos” sanitarios las circunstancias tanto del trabajo de las asociaciones (desconozco del tipo de asociación del que estamos hablando) como de las propias empresas está viéndose alterado y muchas de las prácticas están siendo aplazadas.

Así pues, entiendo que es aconsejable un dialogo constructivo entre la asociación y la trabajadora para buscar la mejor solución para ambos, antes que enfrentarse y generar un conflicto innecesario y perjudicial para ambas partes.

Saludos,
Jose Gil

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#2

Respuesta del participante:

20.03.20

Hola,
son actividades deportivas y formaciones que sólo se hacen en horario escolar. Las practicas del trabajador las quiere hacer en un colegio para conocer otro tipo de empresa. Si el no está hay que contratar a otra persona, ya que sino no se pueden hacer las actividades.

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#3

Aportada por:

Nieves Albacete

Facilitadora en implantación de sistemas de calidad y elaboración de proyectos.Asesoría colaborativa y recursos formativos en www.conlaborsocial.com

Trabaja en:

Asesor particular

31.03.20

Buenos días, en el convenio con la Universidad a la que pertenezca el alumno, quedarán reflejadas los derechos y obligaciones por ambas partes.
Cuando una asociación decide acoger alumnos en prácticas, su manera de proceder debe estar recogido en un documento formal que la Universidad ha de conocer.
Dicho de otro modo,la Universidad debe hacer de puente entre el alumno y la asociación.
Debe ser la asociación la que describa el trabajo que ha de realizar, salvo que se le haya dado al alumno la oportunidad de escoger entre varias opciones.
Sin embargo, tampoco se puede exigir al alumno, tareas de trabajador remunerado que no estén descritas en el convenio.
Como dice mi compañero José Gil, lo mejor es hablarlo con claridad con el alumno, y con convenio en mano, ver cual es la opción más beneficiosa par ambas partes.
Un saludo y suerte

solucionesong.org
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