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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Fernando Chamorro

IVA: gastos deducibles y gastos no deducibles

05.02.04

Estimados amigos,

En las páginas de ayuda se habla del IVA y de la deducción que se puede solicitar. Se habla de la regla de la prorrata cuando no todos los conceptos son deducibles, pero no encuentro una lista con conceptos deducibles y no deducibles.

Nuestra asociación está dada de alta en el epígrafe 845 del IAE (informática, audio, video) por lo que…

1) ¿Todo gasto relacionado con ese epígrafe es deducible?

2) ¿Y los gastos de transporte (metro, bus, gasolina, tren…)?

3) ¿Y los de comunicación (teléfono)?

4) ¿Los bancarios (comisiones, gastos varios)?

5) ¿Alojamiento (hoteles, hostales, etc.)?

6) Los gastos anteriores son para poder realizar nuestra actividad, pero ¿en algún sitio podemos ver si un gasto es deducible o no?

Saludos

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

11.02.04

Las Reglas de la Prorrata en el IVA se aplica en el caso de que tenga actividades exentas y otras actividades sujetas y no exentas de dicho Impuesto. Estas reglas se encuentran reguladas en los artículos 102 al 106 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre sobre el Impuesto sobre el Valor Añadido que puede consultar en esta página web en Fiscalidad.
En el caso de que no tuvieran ninguna exención en el IVA actuará como cualquier entidad a no ser que realicen todas sus entregas de bienes y prestaciones de servicios las realicen de forma gratuita que no serán sujeto pasivo del impuesto.

Esta respuesta no es vinculante.

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#2

Opinión anónima

11.02.04

Madrid a 11 de febrero de 2004

Señores:

En contestación a su consulta, nuestra opinión es la siguiente.

No existe ninguna lista emitida por la Agencia Tributaria con los conceptos deducibles y no deducibles a efectos del IVA. Ni tampoco una regla general a seguir ya que cada entidad puede tener unas características especificas.

Les recomiendo la lectura de los artículos 92 y siguientes de la Ley de IVA (Ley 37/1992 de 28 de diciembre) que les puede clarificar algo la idea de conceptos deducibles.


Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.


Esperamos que le sea de utilidad nuestra respuesta,



Saludos cordiales.

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