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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

La anterior psicóloga se ha llevado expedientes de pacientes ¿Es legal?

04.07.14

Hola,

En la Asociación había una psicóloga y esta ha decidido marcharse. Se ha contactado con otra licenciada en psicología, y al querer pasarle los expedientes de los pacientes que estaban siendo tratados nos hemos dado cuenta que ésta se ha llevado los expedientes.

¿Esto es legal? Puesto que como tratamos con personas enfermas y se manejan muchos informes médicos tenemos el nivel de protección máximo en cuanto a la Ley Orgánica de Protección de Datos.

¿Podemos solicitar que nos los devuelva? Si los pacientes se enteran ¿podemos tener alguna responsabilidad por haber sacado de la Entidad datos personales? o ¿Sería responsabilidad de quien se los ha llevado?

Muchas gracias por todo.

Un saludo

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

04.07.14

Esta psicóloga no puede bajo ningún concepto llevarse los expedientes.
Creo que lo mejor es avisarla de que los devuelva y que pertenecen al centro y que en caso contrario tendréis que poner una denuncia, ante la policía y a continuación ante los tribunales.
Quien es responsable de la protección de datos es la asociación, si dejáis que alguien se lleve expedientes, sois responsables vosotros.
Suerte.

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#2

Aportada por:

Antonio José Victoria Muñoz

Abogado. Máster en Inmigración (Universidad de Comillas). Asesor de entidades del Tercer Sector. www.facebook.com/avictoriamunoz

Trabaja en:

Asesor particular

04.07.14

Buenos días.
Completamente de acuerdo con la opinión de la compañera Mari Carmen. Creo que debéis enviarle un burofax, con acuse de recibo y certificación de contenido, requiriéndole para que un plazo muy breve (por ejemplo, tres días) os devuelva las historias clínicas. Si no lo hace, debèis seguir los pasos que os ha sugerido la compañera.
Ánimo y buena suerte.

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#3

Opinión anónima

04.07.14

Buenas tardes,

La LOPD establece que el responsable del fichero y quienes intervengan en cualquier fase del tratamiento de los datos de carácter personal (en este caso especialmente protegidos) están obligados al secreto profesional respecto de los mismos y al deber de guardarlos, obligaciones que subsistirán aun después de finalizar sus relaciones con el titular del fichero o, en su caso, con el responsable del mismo.

Además, registrar la incidencia (deberá existir un procedimiento de notificación y gestión de las incidencias que afecten a los datos de carácter personal y establecer un registro en el que se haga constar el tipo de incidencia, el momento en que se ha producido, o en su caso, detectado, la persona que realiza la notificación, a quién se le comunica, los efectos que se hubieran derivado de la misma y las medidas correctoras aplicadas).

Saludos,

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#4

Opinión anónima

04.07.14

La psicóloga puede alegar que son sus pacientes aunque prestase servicios para vuestra Asociación, en su profesión existe el secreto profesional, no se ha producido ningún apoderamiento de datos, por lo que no existe delito. La única vía legal, es que la nueva psicóloga le pida los expedientes para poder seguir tratando a los pacientes que en realidad eran los pacientes de la psicóloga no los vuestros. La referencia a que es un historial clínico sólo se podría aplicar si sois un Centro Sanitario autorizado por la respectiva Comunidad Autónoma, sino no.

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