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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Marta Barrientos Prada

Libro de socios

15.03.04

Nuestra asociación dispone desde su creación de un libro de socios debidamente diligenciado por la Junta de Castilla y León. Sin embargo, si desde ahora quisiéramos llevar nuestro registro de socios simplemente a través de listados sin necesidad de utilizar este libro de socios, ¿podríamos hacerlo?. ¿Legalmente serviría simplemente con los listados?.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

18.03.04

En mi opinión sí, ya que ni la Ley ni el Reglamento del Registro exigen el Libro de Socios diligenciado, sino únicamente una relación actualizada de sus asociados, sin que aparezca la obligación de visar esa relación de socios en Administración alguna.-

Esta respuesta no es vinculante.-

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