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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Manuel Guerra Fernandez

¿Los contratos de voluntariado internacional conllevan derecho a vacaciones?

18.01.17

Hola,

Mi consulta es sobre los contratos de voluntariado con misiones en el extranjero. ¿Generan vacaciones dichos contratos?

Gracias

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Respuestas

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#1

Excelente

Aportada por:

Alvaro Ortega Santos

Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.

Trabaja en:

Asesor particular

24.01.17

Tendrás que revisar el convenio administrativo entre el Principado de Andorra y la Organización Mundial del Turismo, así como lo concerniente a vuestro programa de voluntariado para ver hasta qué punto la Fundación OMT.Themis está subordinada a la normativa local o a la propia de la OMT y/o del sistema de Naciones Unidas.

En principio la Fundación es una entidad privada de derecho local, por lo que como entidad jurídica andorrana se le aplicaría la Llei 90/2010, del 16 de desembre, del voluntariat d’Andorra : “la present Llei és d’aplicació a les persones voluntàries, i a les entitats de voluntariat públiques i privades amb seu o delegació al Principat d’Andorra, que desenvolupen la seva activitat tant en l’àmbit nacional com internacional”.

Ésta, al igual que otras leyes europeas, no explicita el derecho a las vacaciones para los voluntarios. Observa, sin embargo, que sí incluye tanto entre los derechos de éstos como entre las obligaciones de las entidades de voluntariado, el que los voluntarios contarán (entre otros) con el apoyo y los medios necesarios para el desarrollo de la actividad, que no serán discriminados y que realizarán la actividad en las correctas condiciones de seguridad e higiene.
En otros voluntariados internacionales del tipo de UNV o como el Servicio Voluntario Europeo esto se ha garantizado incluyendo un periodo de vacaciones dentro de la dedicación de los voluntarios, aplicando en ese aspecto las mismas normas de vacaciones y asuetos que la institución anfitriona reconoce a los trabajadores.

En cualquier caso, la no explicitación en el decreto no es una limitación, ya que el mismo establece en su artículo 7.g) el derecho de la persona voluntaria a “acordar lliurement les condicions de la seva actuació voluntària i el compromís de les tasques definides conjuntament, el temps i l’horari que podrà esmerçar i les responsabilitats acceptades per cadascú”.

Estas condiciones deberían quedar recogidas en el acuerdo de incorporación.

Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!

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#2

Respuesta del participante:

Manuel Guerra Fernandez

31.01.17

Gracias Alvaro por la informacion me ha sido muy util

Saludos

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#3

Respuesta del participante:

Manuel Guerra Fernandez

03.02.17

Gracias

Tenemos una voluntaria en Zimbabwe y por tanto le reconoceremos derecho a vacaciones

Saludos

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