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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Marcos Concepción Raba

Los donantes de asociaciones no declaradas de utilidad publica, ¿tienen derecho a alguna desgravación en la declaración del IRPF?

03.12.03

Si una asociación no declarada de utilidad pública recibe una donación, ¿su donante tiene derecho a desgravarse algún porcentaje en la declaración del IRPF?.

Muchas gracias

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

04.12.03

No. Solo las aportaciones realizadas a asociaciones declaradas de utilidad pública son las que tienen derecho a deduccionies.
Esta respuesta no es vinculante

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#2

Opinión anónima

04.12.03

La respuesta es no.
La Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales del mecenazgo establece para todas aquellas personas físicas o jurídicas que realicen donativos, donaciones y aportaciones a las asociaciones DECLARADAS DE UTILIDADBLICA ventajas fiscales, en forma de deducciones, en la cuota del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o en la cuota del Impuesto de Sociedades según corresponda.
Por lo que quedan excluidas de estos beneficios fiscales, las aportaciones a asociaciones NO declaradas de utilidad pública.
María Rodríguez
Finantelia S.L.
finantelia@finantelia.com
Tfno: 619786315
Esta respuesta no es vinculante

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#3

Opinión anónima

09.12.03

Señores:

En contestación a su consulta nuestra opinión es la siguiente:

Las asociaciones declaradas de utilidad pública son las únicas que generan el derecho a deducción para el donante por las donaciones realizadas.

Esperamos que le sea de utilidad nuestra respuesta,

Saludos cordiales.

solucionesong.org
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