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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Ignacio Manzano Beltrán

Normativa para la colocación de rampas en los edificios y zonas de ocio.

08.02.08

Me gustaria preguntar cual es la normativa para la colocación de rampas en los edificios y zonas de ocio, ya que nuestra sede se haya en un local y nos indican que no podemos colocarla. También, algunos de nuestros socios tienen la misma dificultad.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

12.02.08

En el ámbito estatal, sin perjuicio de previsiones reglamentarias, fundamentalmente se recoge en las leyes de 30-may-95 de eliminación de barreras arquitectónicas (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l15-1995.html)
y en la ley de condiciones de accesibilidad 2-dic-2003 (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l51-2003.html).
Un saludo

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