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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Olga Martín Sevilla

¿Nuestras entidades deben declarar en el modelo 347 la recepción de la subvención por nuestra parte?

17.04.15

Hola,

Nosotros somos receptores de la subvención del 0,7 del Ministerio, en esa resolución el Ministerio marca la entidad e importe destinatario.

En la presentación del Modelo 347, nosotros hemos declarado la recepción de toda la subvención y la posterior distribución declarando a todas las entidades beneficiarias, pero a nuestras entidades les surge la duda de si ahora ellas tienen que declarar en su 347 la recepción de la subvención por nuestra parte.

En los textos encontrados, queda claro que sí, pero en la consulta de la agencia tributaria nos dicen que depende la interpretación del texto.

Un saludo.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Elena SG

Directora, Fundación ICS ht 2014- Asesora particular

Trabaja en:

Asesor particular

17.04.15

Hola Olga,

Al margen de que, como te informa la AEAT, puede estar sujeto a interpretación, lo que sí está claro es que cuando una entidad declara un pago a un tercero en su 347, ese tercero declara igualmente en su 347 la recepción o pago “por el mismo importe”. Porque al margen de nuestra obligación de declarar las operaciones fiscales lo que activa la AEAT con esos modelos es el cruce de datos entre el emisor de un pago y el receptor así como el cotejo de los importes (lo mismo con IRPF y otros impuestos que cruzan datos del pagador y del receptor).

Espero haber contribuido a aclarar tus dudas.
Saludos,
Elena

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