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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Jean Remy Lamare Mongbet

¿Podemos crear dos tipos de socios distintos?

25.01.10

Somos una asociación sin ánimo de lucro y estamos renovando nuestra política de socios. Y nos gustaría contar con dos tipos de socios:



  • Uno gratuito, con derecho a voz en la asamblea
  • Otro que pague su cuota, con derecho a voz y voto en asamblea


¿Es posible?


Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

25.01.10

Hola Jean,


Sí es posible. Debéis modificar los Estatutos de la Asociación en ese sentido, y proceder a inscribir dicha modificación estatutaria en el correspondiente Registro de Asociaciones. La modificación de los Estatutos implica la adopción de tal acuerdo aprobado en Asamblea general.


Saludos cordiales,


 

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#2

Muy buena

Aportada por:

Ramon Pamies

Abogado / Graduado Social / Consultor ONGs / Asesor fiscal / Experto informatico / etc

Trabaja en:

Asesor particular

25.01.10

Esto  lo tiene que reflejar los Estatutos aprobados y registrados de vuestra entidad Si no lo reflejan, debeis modificarlo en este sentido y presentarlo al Registro donde esteis inscritos.


Mi opinion es que si en una entidad hay personas que no pagan cuota ni pueden votar, NO pueden ser socios. No tiene sentido


Tendrian que ser colaboradores, que seria distinto de los verdaderos socios, que son los qeu pagar cuota y pueden votar


De todas maneras podeis planmtear esta modificaciond e Estatutos a ver que os dicen en el organismo en el que esteis inscritos


 


 

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#3

Muy buena

Aportada por:

Fidel Martin Rocha

Fidel Martín. Consultor. Instituto de Estudos Sociais e Internacionais. www.iesigalicia.org

Trabaja en:

Asesor particular

25.01.10

Hola,


posible es, previa modificación estatutaria. De todas maneras como comentan en otras respuestas si no pagan cuota, tampoco tiene sentido que sean socios. Podeis invitar a las asambleas a personas que actuando como invitado, pueda tener voz y no voto. Que  sean invitados por su experiencia, asesorando, colaborando…llamésmole como querais, pero no como socios.


Un saludo

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#4

Opinión anónima

25.01.10

 Estoy de acuerdo con casi todas las respuestas:


a) se les puede llamar socios aunque no paguen. Sería legal, con tal de que figure en Estatutos


b) no parece muy oportuno llamar socio a una persona que no paga


c) a una persona que no paga puede llamársele "colaboradora". En los Estatutos se dirán los requisitos para ello en artículos diferentes de los que tratan de los socios, de igual manera que hay apartado dedicados a los voluntarios


Todo ello, claro, referido a asociaciones, pues en el caso de las fundaciones aunque pagues y seas socio (o se le llame socio), no hay asambleas, y no se vota, pues las decisiones las toma el patronato. Es el caso de ONG conocidas: Ayuda en Acción, intermón-oxfam y muchas más que tienen como forma jurídica la de fundación.


Dicho todo esto, hay ONG en España, y alguna muy-muy conocida que tienen como forma jurídica la de  asociación, que tienen socios que pagan, pero sólo una parte (mínima) de ellos que han hecho méritos internos  pueden votar en las asambleas. lo tienen en sus estatutos y por tanto es legal. Pero llama la atención, ¿no?


En fin…


Ánimo con vuestra labor


 

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#5

Muy buena

Aportada por:

Sergio Alcina

Consultor

Trabaja en:

Asesor particular

25.01.10

 Hola:


Hasta donde yo entiendo, no se puede privar de derechos políticos a los socios, por lo que si se llaman así deberían tener derecho a voto. Pero estoy de acuerdo con mis compañeros en lo extraño de la distinción. conozco organizaciones donde asociarse no se liga a una cuota (que pagas o no), pero no cobrar y dar voz me resulta peculiar.


Espero haberos resultado de ayuda. Un saludo


 


Sergio Alcina


info (arroba) participacionydesarrollo (punto) net

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#6

Muy buena

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

25.01.10

Hola Jean;


Según tengo entendido, todos los socios tienen derecho a voz sin embargo solo pueden votar los que tengan la cuota pagada, de cualquier forma, como dicen los compañeros, dependerá de lo que tengáis estipulado en los estatutos.


Saludos, Eva

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#7

Opinión anónima

25.01.10

Coincido con mis compañer@s,


No tiene sentido llamar socio (asociado a una Asociación) a alguien que no tiene voto, seguramente en las Fundaciones mencionadas no figura ese término en los Estatutos. 


Me inclino, como ya se ha comentado, por la palabra colaborador, recogiendo en los Estatutos que pueden acudir a la Asamblea con voz pero son voto


Gracias

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#8

Muy buena

Aportada por:

Bertha Argueso Herrmann

Protectora de animales y plantas

Trabaja en:

Asesor particular

26.01.10

TODO DEPENDE DE LO QUE ESTABLEZCAN VUESTROS ESTATUTOS.


NO OBSTANTE, PUEDE HABER SOCIOS NORMALES, Y SOCIOS HONORIFICOS, QUE SON PERSONAS A LAS QUE SE HACE SOCIOS POR HABER SIDO DE GRAN AYUDA PARA LA ASOCIACION, O BIEN PORQUE SON PERSONAS MUY RELEVANTES.


PERO ESTO LO DEBEIS TENER PUESTO EN VUESTROS ESTATUTOS.

solucionesong.org
Un proyecto de