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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Sergio Diaz Martín

¿Podemos vender entradas y buscar patrocinadores para los gastos de un evento? Si hubiera excedentes, ¿podemos invertir ese dinero en la asociación?

05.07.12

Hola,

Nuestra asociación cultural está preparando, en colaboración con el Ayuntamiento, un evento de grandes dimensiones para el mes de diciembre. El acto tiene un coste relativamente elevado y nuestra asociación es pequeña, por lo que no tenemos capacidad económica para cubrir los gastos. ¿Es lícito vender entradas para cubrir parte de los gastos? ¿Podemos buscar patrocinadores externos que hagan aportaciones económicas para el evento? En caso de respuesta afirmativa en las dos preguntas anteriores, ¿en qué términos deberían hacerse las ventas y los patrocinios? Por otro lado, si vendemos todas las entradas y hubiera excedente, ¿podríamos invertir ese dinero en la asociación (material, seguros, salarios, etc…)?

Gracias a todos de antemano por vuestra colaboración

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Soledad Calderón

Licenciada en derecho y experta en asociaciones y voluntariado

Trabaja en:

Asesor particular

06.07.12

LA respuesta depende de si el acuerdo de colaboración que tenéis con el Ayuntamiento lo permite o no. El ayuntamiento puede haber dado una subvención para ese acto, o puede contrataros como empresa para llevar a cabo dicho acto, etc. Si el acuerdo que tenéis con el Ayuntamiento os permite financiar el acto por otros medios no hay problema, pero si, por ejemplo, el ayuntamiento os pone como condición para realizar el avento que quienes asistan no paguen entrada entonces ya no podéis plantear esa manera de financiaros.

Si sois una asociación sin ánimo de lucro por supuesto que todos los beneficios que obtengáis de esa actividad, después de haber satisfecho los gastos que os genere, es dinero que pertenece a la asociación y lo podrá utilizar para sus fines. Excepto en el caso de que el acuerdo que tengáis con el Ayuntamiento expresamente diga que no os financiarán si el total de ingresos supera al total de gastos (como suele ser condición en las subvenciones), en cuyo caso lo que se hace es que os reducen el ingreso y por tanto no hay excedente.

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