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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Idoia Arauzo

¿Pueden exigirnos la declaración trimestral en hacienda si no nos han comunicado el NIF definitivo?

15.11.11

Hola, en 2008 constituimos una asociación y solicitamos un NIF provisional en Hacienda pero nunca obtuvimos el NIF definitivo ni se realizó ninguna actividad económica.

Ahora Hacienda nos comunica (aviso de cortesía) que nunca hemos presentado la declaración trimestral. En una ventanilla alguien nos ha comentado que una posible solución sería dar de baja censal la asociación con caracter retroactivo. De esta forma solo pagaríamos 150 euros de 1 penalización, ya que todavía Hacienda no han emitido las reclamaciones de las declaraciones trimestrales. ¿Sabéis si es así?

Gracias. Idoia
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Respuestas

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#1

Aportada por:

Jose Luis Bilbao Beitia

Economista - Asesor Fiscal

Trabaja en:

Asesor particular

17.11.11

Idoia:

Lo del NIF provisional y el NIF definitivo es solo un asunto formal. Hay miles de empresas y contribuyentes que nunca fueron a recoger el NIF definitivo y funcionan perfectamente. Esto es algo parecido a tener el DNI caducado, es un puro tramite formal.

Lo de las declaraciones trimestrales es otro asunto. Si no habeis realizado nunca ningun tipo de actividad en toda vuestra existencia como asociacion, no teneis obligacion de presentar ningun tipo de declaracion en Hacienda.
Debeis de hacer dos cosas:
1ª. Daros de baja en el censo (como bien os han indicado). Impreso 036.
2ª. Hacer un escrito a Hacienda indicando que no habies realizado ningun tipo de actividad en todo este tiempo. (A veces Hacienda misma nos marea y podria ser que te exijan presentar todas las declaraciones sin actividad). Solicitando, ademas, que os quiten la sancion.

Un saludo
Jose Luis

P.D. No indicas a qué declaraciones te estas refiriendo. Yo te he contestado como una idea general. Seria interesante que en un nuevo mensaje indicaras de que declaraciones se trata.
Ten en cuenta que, a veces, a la hora de asesorar no tenemos toda la informacion.

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#2

Respuesta del participante:

Idoia Arauzo

18.11.11

Hola Jose Luis, muchas gracias por tu respuesta.
Las declaraciones que nos solicitan son del 2009 y 2010.
Adjunto la carta de Hacienda escaneada para que veas exactamente lo que solicitan.
También comentar que cuando presentamos el modelo 036 para solicitar un nif, por ignorancia o por sugerencia de alguien detrás de la ventanilla se marcó la casilla 510 como alta pero ni si quiera se rellenó ningún tipo de actividad IAE.
Y otra pregunta, ¿es posible darse de baja censal en Hacienda con caracter retroactivo de 2 o 3 años??
Gracias de nuevo
Idoia

Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!

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#3

Aportada por:

Jose Luis Bilbao Beitia

Economista - Asesor Fiscal

Trabaja en:

Asesor particular

18.11.11

Idoia:

Son dos cosas diferentes.

NIF ORIGINAL. Deberás de presentar en tu delegacion de Hacienda:
-Acta de constirución de la asociacion (original y fotocopia)
-Certificado de inscripción en el registro de asociaciones (original y fotocopia)
-DNI de la persona que hace el tramite (presidente, secretario etc) (fotocpia)
-Poder de la persona que hace el tramite
-NIF provisional original
Con toda esta documentacion te daran el NIF definitivo

2º. IVA. Deberias hacer dos cosas.
- Darte baja en el censo, para que no se te generen nuevas obligaciones. No es posible darse de baja con caracter retroactivo.
- Presentar todas las declaraciones trimestarles desde el trimestre en que os disteis de alta hasta ahora. En estas declaraciones hay una casilla que pone “SIN ACTIVIDAD”. Deberas de marcarla.

Como ves, censo y IVA son dos cuestiones independientes.
La asociacion existe, aunque no realice actividad, por lo tanto es logico que tenga su NIF original.
Si no realiza actividad debera de estar de baja en el censo de actividades. Cuando vaya a realizar alguna actividad se tendra que dar de alta.

Un saludo, y sigo estando a vuestra disposicion
Jose Luis

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#4

Aportada por:

Jose Luis Bilbao Beitia

Economista - Asesor Fiscal

Trabaja en:

Asesor particular

18.11.11

Idoia:

Aunque no es posible darse de baja con caracter retroactivo, seria buena idea presentar un escrito en Hacienda indicando que “por error y/o desconocimiento esta sociacion ha estado dada de alta por error en el censo de IVA, pero la realidad es (y se puede demostrar) que nunca ha realizado ningun tipo de actividad”

Sobre todo para evitar sanciones

Jose Luis

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#5

Respuesta del participante:

Idoia Arauzo

19.11.11

Muchas gracias.
Tendremos en cuenta tu asesoramiento.
Saludos
Idoia

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