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Consultas Online

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Consulta formulada por:

María José Bogas

¿Puedo imputar al ejercicio una subvención de la que hemos recibido resolución provisional y hemos aceptado?

30.12.14

Hola,

¿Puedo imputar al resultado del ejercicio una subvención de la cual hemos recibido la resolución provisional y hemos aceptado el importe concedido?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Enrique Rua Alonso de Corrales

Profesor de contabilidad de la Universidad CEU San Pablo

Trabaja en:

Asesor particular

30.12.14

Buenos dias Maria José, el hecho de haber recibido la resolución y haber aceptado, supone que registreis contablemente la subvención pero NO que la imputeis como ingreso al excedente del ejercicio.
Dependerá del tipo de subvención, para financiar gastos generales, para financiar gastos de un proyecto o específicos o sea una subvención de capital, de cual debe ser su tratamiento contable.
Si se trata por ejemplo de una subvención para un proyecto, debeis de momento reflejar un derecho de cobro por la subvención (hasta que se haga efectivo el cobro) y por otra parte una deuda (en la cuenta de deuda transformable en subvenciones) hasta que dicha subvención sea aplicada a su finalidad, en cuyo momento la subvención será reconocida como patrimonio neto y enviada a ingresos al excedente.
Un saludo

solucionesong.org
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