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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Judith Bautista

¿Qué es una escritura pública de apoderamiento?

15.11.11

¿Qué es una escritura pública de apoderamiento?, ¿que debe contener y quien me la autoriza?

Muchas gracias por vuestras respuestas.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

MANUEL NARANJO ALVAREZ

Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es

Trabaja en:

Asesor particular

16.11.11

Judith, esa pregunta requiere una respuesta excesivamente amplia. No obstante intentaré darte las pinceladas fundamentales.

Una escritura pública de apoderamiento, es un documento notarial mediante el cual se acredita que una determinada persona tiene poder para realizar las gestiones, trámites y operaciones para los que ha sido autorizados y estos ha sido autorizados por el órgano o persona que tiene capacidad para hacerlo.

Se inicia con un acuerdo previo de la junta directiva, patronato u órgano de gestión que le corresponda (consejo de administración o similar).

El Secretario levanta certificado de dicho acuerdo con el visto bueno del presidente. Con dicho acuerdo se acude al notario quien da fé de lo que se ha acordado. A partir de ese momento el apoderado puede actuar jurídicamente para aquello a lo que se encomendó.

Existe generalmente dos tipos, poder específico o general.
La diferencia fundamental es que el poder específico se autoriza para un trámite concreto y/o con una caducidad determinada.
El general es mucho más amplio, conteniendo prácticamente la totalidad de los actos administrativos suceptibles de apoderamiento y que en derecho puedan ser delegables y no suelen contener caducidad.

Los poderes deben ser inscritos en los registros oficiales que por ley correspondan al objeto de que tengan efectos jurídicos sobre terceros; Registro de Fundaciones para las fundaciones y Ministerios o Consejerías para las asociaciones. En el caso de las empresas se inscriben en el Registro Mercantil de su circunscripción.

Existen aspectos que no pueden ser delegables por poder notarial, como por ejemplo la aprobación de las cuentas anuales o el cargo de Presidente, etc.

Espero haberte aclarado la duda.

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#2

Opinión anónima

16.11.11

Una escritura de apoderamiento es un documento firmado por el poderdante y por un notario en el cual se le otorga poderes a una persona. En en cual han de figurar taxativamnete que poderes se le facultan al apoderado.Para que pueda actuar en nombre y representacion de la la persona fisica o juridica que da el apoderamiento en todos aquellos actos para los que este autorizado

Un saludo

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#3

Aportada por:

Laura Ramistella

Abogada no ejerciente

Trabaja en:

Asesor particular

16.11.11

Hola Judith,

El apoderamiento es un procedimiento por el que una persona, física o jurídica o entidad sin personalidad propia, concede el poder de representación a otra persona. El poderdante es la persona fisica o juridica que confiere u otorga facultades a otra para que la represente, actuando a nombre del representado.
El conferimiento de poder se puede hacer con escritura publica delante Notario.
La carta de poder especifica siempre las circunstancias y el modo de actuar de la persona encargada de recibir dicho poder.
La carta de poder puede autorizar a otra persona a administrar cuentas bancarias, o a invertir en nombre del poderdante, a pagar facturas o a contratar personas…etc.
La persona que recibe el poder va a actuar en nombre del poderdante, por ello resulta muy importante dejar bien fijadas de antemano las cotas o límites de actuación de dicha persona.
Son 3 los apartados más importantes que deben figurar en una carta de poder:

1 - La identificación de las personas que transfieren y aceptan el poder.

2- Explicación detallada del poder, explicando de forma clara y concisa los límites de actuación hasta donde alcanza dicho poder, así mismo la duración con fecha de inicio y de finalización del poder.

3 - Las firmas

Eso a nivel general.

A nivel tributario y fiscal te puedo adjuntar un sito y un documento de la AT, donde se explica que en esos casos, el otorgamiento de poder se puede hacer en varios modos, además de la escritura publica.

Depende también para que es necesario el otorgamineto de poder.

http://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/como-realizar-un-apoderamiento-para-la-aeat-de-manera-presencial

Espero haberte ayudado un poco.
Un saludo

Laura

Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!

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#4

Respuesta del participante:

Judith Bautista

17.11.11

muchas gracias por vuestras respuestas me son muy útiles
buenos días

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