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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Andres Illana martínez

¿Qué hacemos con una factura que no la consideran gasto subvencionable?

30.07.10

El secretario de la asociación es autónomo y emitió una factura a la asociación por un trabajo realizado para la misma, que no tenía nada que ver con su cargo, ahora nos dicen desde la administración que esa factura no se puede considerar como gasto subvencionable.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Maureen Zelaya

Técnica en Cooperación al Desarrollo y Desarrollo Local.

Trabaja en:

Asesor particular

02.08.10

Hola,
En cualquiera de los casos para la imputación de gastos, lo mejor es consultar las bases (y las leyes correspondientes) constantemente, para evitar estos problemas. Si por lo que sea, es indispensable realizar dicho gasto, desde el principio deberíais negociar con los responsables de cooperación para que ellos/as te sugieran alternativas dentro de las normas y evitar problemas en el momento de la justificación.

Aunque me imagino que ya habéis pensado algo de lo siguiente, apunto algunas ideas:
1. Sustituir la factura por un documento que si sea aceptado, ya sea por su formato y/o la relación con el proyecto.
2. Asumir el gasto de la factura no aceptada como gasto aportado por la entidad. Del monto que saldría entonces como “disponible” o que no ha sido justificado-ejecutado, solicitar autorización para su ejecución en actividades de la entidad, que de alguna manera aporte a los objetivos del proyecto. Podrían entonces, buscar un “balance” entre estos gastos y los que habitualmente asumiría la ONG para la ejecución de esas actividades.

Son ideas generales, pues no sé a la convocatoria o administración pública que se refiere; y será más o menos fácil de solucionar dependiendo del monto al que se refiera la factura y su relación con el proyecto.

Buena suerte,

un saludo.

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#2

Aportada por:

Carlos Lopez Osorio

Experto en gestión de proyectos

Trabaja en:

Asesor particular

02.08.10

Puede ser que el concepto no sea subvencionable, de ahi la observacion de la administracion. Habria que cambiar el concepto segun las partidas aprobadas. No creo que tenga que ver con la persona que ha facturado sobre todo cuando siendo autonomo haya prestado un servicio a la asociacion por el cual e’sta esta’ obligado a pagar

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#3

Aportada por:

Susana Martinez

Tecnica Proy. Sociales. Evaluacion Pol. Pub. Coord. entidades. Sociologa. 3 sector y consultoria

Trabaja en:

Asesor particular

04.08.10

Al igual que Carlos, y conociendo tan solo los detalles que has aportado en relación a la comunicacion de la administracion, creo que mas que invalidar la factura os han invalidado el concepto. Para tener este dato clarisimo no tengais ningun problema en llamar a la persona técnica encargada de vuestro proyecto y pedirle aclaraciones.
Tambien, internamente podeis hacer las siguientes tareas:
1. ANALISIS DE LOS CONCEPTOS SUBVENCIONADOS: una cosa es lo que habiais solicitado y otra lo que os dan. El documento final o de mayor valor es la resolucion de concesion. En ocasiones se hace un resumen de los conceptos subvencionados, dando lugar a sorpresas, puesto que quizas os dan el 100% para materiales y 0% de RRHH. Si no lo especifican, los numeros finales subvenionados son los que aparecian en proyecto incial ultima modificacion. Comprobad que esto es correcto. Si el concepto de la factura del autonomo no cuadra, entonces os recomiendo la guardeis para otro proyecto estilo gastos generales o de mantenimiento, porque en este caso quedaría invalidada como justificante.
2. ANALISIS DE LA CONVOCATORIA Y PROHIBICIONES EXPRESAS. Una vez comprobado que el concepto a subvencionar es valido, revisad la convocatoria. Una de las dificultades que encontrareis es que, ante una cantidad superior a x es necesario presentar facturas de 3 proveedores. En este caso, recortar la factura en 2 y meted lo que podais. En el caso en que se prohiba expresamente que sea contratado alguien de la entidad (aqui no voy a recomendar nada extraño) redactar un escrito oficial donde se haga constar todo lo que expresas arriba y presentarlo en registro (no en mano, en registro) Asimismo hablad con el responsable y detallarles esta circunstancia. No es ilegal contratar a alguien de la entidad, lo que no es valido es pagarle por el cargo, pero a veces, los tecnicos, ven nombres repetidos y envian cartas.
Espero haberte sido de ayuda

solucionesong.org
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