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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Fernando Guijarro García

¿Qué IVA tenemos que incluir en una factura?

04.12.07

En la justificación de gastos de una subvención, tenemos dudas acerca de cómo justificar los pagos realizados a personas que han realizado alguna actividad para nosotros y que no emiten facturas. La consulta es sobre sensibilización. Es el caso de un vídeo que hemos realizado en Guatemala para un organismo oficial, para lo que hemos recibido una subvención. Un voluntario de la organización, que presta servicio en la delegación y que tiene su trabajo por cuenta ajena en una empresa, nos ha alquilado una cámara profesional de TV de su propiedad y ha trabajado en el vídeo como operador de la cámara a un precio muy inferior al de mercado. Es muy aficionado a este tipo de actividades y no las realiza habitualmente, por lo que a la hora de justificar el gasto no sabemos si tiene que hacer factura o recibo.

Entiendo que, si tiene que hacer factura, ésta ha de llevar la retención del 15% de IRPF y que nosotros tenemos que ingresarla en hacienda, pero ¿y el IVA?

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan Pablo Fernández Rubio

Economista auditor

Trabaja en:

Asesor particular

05.12.07

Estimado Fernando, como bien dices este voluntario tendrá que emitir una factura ( ha de ser FACTURA y no recibo, a efectos de cumplir la norma fiscal y para justificar la subvención ) en la que desglose el importe del IRPF y el importe del IVA. (ya que no es una actividad exenta). Con respecto al IRPF esté se comporta como un menor pago al profesional que posteriomente deberás ingresar en la Hacienda pública (como tu muy bien expones). Con referencia al IVA, este será más coste para vosotros y será el colaborador el que tendrá que ingresarlo en la Hacienda pública, ya que vosotros pagais ese importe y el lo cobra.
El tema del IVA tiene posibles matizaciones, ya que sólo será más coste en el momento que realiceis actividades exentas. Es decir, que no cobreis IVA por esta actividad (yo presupongo que es así).
Ejemplo:
FActura de servicios: 100
REtención IRPF: 15
IVA: 16
Total factura: 101
El voluntario cobrará 101 euros. ( 100 de sus servicios - 15 de retención IRPF y + 16 de IVA) Vosotros ingresareis en la hacienda pública 15, El voluntario deberá ingresar en la HPublica 16 ( o la diferencia entre su IVA repercutido y soportado). Y el importe de tu coste será de 116.
Te adjunto el asiento contable por si te puede ayudar un poco más

116 (623) Servicios profesionales
a Bancos 101
a (4751) HP acreedora 15.

Espero haberte ayudado.
Saludos
Javier MArco

solucionesong.org
Un proyecto de