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Consultas Online

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Consulta formulada por:

María Jesús Bonafé Tovar

¿Qué necesitamos para que nuestra asociación sea de utilidad pública?. ¿Qué pasos debemos seguir para inscribirnos en el registro nacional?.

22.02.06

Nuestra asociación está inscrita en el registro de nuestra comunidad autónoma, ¿qué pasos tenemos que seguir para inscribirnos a nivel nacional?.
También nos gustaría preguntar, ¿qué requisitos necesita cumplir una asociación para ser declarada de utilidad pública?.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

22.02.06

En principio en el registro nacional art 25 LO sólo “Asociaciones, federaciones, confederaciones y uniones de asociaciones de ámbito estatal y todas aquéllas que no desarrollen principalmente sus funciones en el ámbito territorial de una Comunidad Autónoma” sin perjuicio de su coordinación con registros autonómicos ex art 26.
Para adquirir carácter de “utilidad pública” ex art 32 y ss. LO 22-marzo-02 en relación con los art 2 y ss Ley 23 diciembre 2002 de regímen fiscal entidades no lucrativas y mecenazgo. Ambos textos legales los podeis encontrar en /www.juridicas.com/base_datos/Admin/lo1-2002.html y www.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l49-2002.html

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#2

Opinión anónima

22.02.06

Perdona, se me olvidaba, como complemento, acudid al Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública.

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#3

Opinión anónima

23.02.06

En respuesta a su consulta, y ampliando la información de mi compañero Carlos, les comunicamos que para la inscripción en el Registro Nacional de Asociaciones es preciso tener un ámbito territorial estatal, lo cual se consigue mediante la actuación de la entidad en dos o más Comunidades Autónomas. Si no consta así en sus Estatutos, será necesario modificarlos en Asamblea Extraordinaria.-

Asimismo, los requisitos para la Declaración de Utilidad Pública vioenen recogidos en el artículo 32.1 de la Ley Orgánica 1/2002, reguladora del Derecho de Asociación.-

Esta respuesta no es vinculante,-

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