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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Francisco Miguel Pérez Bernal

¿Se puede emitir una factura para solicitar a un socio el cobro de la cuota anual?

26.10.07

Uno de los socios de nuestra asociación nos está demandando que le emitamos una factura para solicitarle el cobro de la cuota anual. Nos parece que el concepto no puede ser objeto de facturación y tan solo de emisión de recibo una vez producido el cobro, ¿es así?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Mariano Romero Montero

Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's

Trabaja en:

Asesor particular

26.10.07

Estimado Francisco:

Entiendo que la cuota del socio es para la actividad no lucrativa de la entidad, no por ningún servicio prestado. Lo correcto sería emitir un certificado de donación, el cual tiene el mismo efecto de cara a justificar la salida de dinero y la desgravación fiscal correspondiente.
Un saludo,

Mariano Romero
m_romero1@yahoo.com

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#2

Opinión anónima

26.10.07

Estimado Francisco:
Por ingresos efectivamente percibidos por concepto de aportes y donaciones para el cumplimiento exclusivo de los fines no lucrativos de la organización se emiten recibos de caja debidamente autorizados por la autoridad competente en tu pais en el momento de recibir el aporte. Ninguna organización está obligada a emitir recibos antes de percibir el ingreso.
Te recomiendo revisar lo estipulado en la escritura de constitución de tu ONG referente a aportes y donaciones de los socios.

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#3

Aportada por:

Susana Llaneza Barrera

Directora económico-financiera y de RR.HH. Fundación PRODINTEC

Trabaja en:

Asesor particular

29.10.07

Hola Francisco:
Por una donación, que es lo que se considera la cuota anual, no se puede emitir una factura.
Si lo que quieren es un recordatorio, nuestra organización emite anualmente un escrito (te lo detallo seguidamente) para solicitar el pago de la cuota. Posteriormente emitimos el recibo de haberla recibido a efectos de que se puedan aprovecharse de los beneficios fiscales, si cabe (sería su justificante de haber realizado dicha donación ante cualquier inspección). Eso sí, por lo menos en nuestro caso, debemos presentar el modelo 182 ante Hacienda para que ellos comprueben la veracidad de las donaciones declaradas por los asociados (Deben presentarla las Fundaciones, Asociaciones de Utilidad Pública y las organizaciones no gubernamentales de desarrollo a que se refiere la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, siempre que tengan forma jurídica de Asociación o Fundación y estén acogidas al régimen fiscal especial establecido en el Artículo 2 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo).


Escrito que mandamos cada año para recordar el pago de las cuotas:
Estimados Sres.:

Nos ponemos en contacto con ustedes para solicitarles el pago de la cuota patronal correspondiente al presente ejercicio, que asciende a —————- euros.

Les recordamos que la Fundación —————————- se encuentra incluida entre las entidades beneficiarias del mecenazgo de acuerdo con lo establecido en la Ley 49/2002. De igual forma, y de acuerdo con los preceptos establecidos en dicha Ley y conforme a sus Estatutos, la Fundación ———————- aplicará las cantidades recibidas al cumplimiento de sus fines de interés general.

Mencionar, asimismo, que las empresas pueden deducir el 35% de las cantidades donadas teniendo como límite, en cualquier caso, el 10% de la base liquidable (para las cantidades que superasen ese 10%, las empresas disponen de 10 años para compensar).

En la confianza de que todo sea de su conformidad, me permito recordarles nuestros datos bancarios para facilitarles dicho ingreso:

BANCO, nº de cuenta: —— —— — ————-

Sin otro particular, quedo a su disposición para ampliar cuanta información estimen oportuna.

Atentamente,

—————————————

Espero que te sea de utilidad. Recibe un cordial saludo,

Susana Llaneza Barrera
Directora Económico-Financiera y de RR.HH.
Fundación Prodintec

Las respuestas de la Fundación Prodintec no son vinculantes.

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