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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Lucía Vaquero

Tenemos algunas dudas fiscales que nos gustaría que nos ayudáseis a resolver

29.11.07

Nos han concedido una ayuda de la Generalitat y tenemos algunas dudas fiscales que nos gustaría que nos ayudáseis a resolverlas. Nos han dicho que debemos tener un libro de cuentas y que tenemos que hacer una declaración trimestral y anual del IRPF (modelo 110).

Hasta ahora no hemos tenido ningún movimiento económico, pero a raíz de recibir la ayuda sí que empezaremos a trabajar con dinero y no sabemos cuáles son nuestras obligaciones en este sentido, ¿será obligatorio que a partir de ahora hagamos la declaración de la renta?

Por otro lado, una parte de la subvención contempla el pago en concepto de coordinación de un curso a unos miembros de la entidad y no sabemos cómo facturar estos pagos para presentar después la justificación, ¿tenemos que hacer una factura como personas individuales o es la entidad la que factura?

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan Pablo Fernández Rubio

Economista auditor

Trabaja en:

Asesor particular

02.12.07

Buenos días, lucia. Es una pregunta extensa de responder, pero voy a ver si te puedo ayudar.
LAs entidades que realizan actrividades económicas ( o reciben subvenciones) deben mantener una contabilidad de forma que se puedan cumplir dos objetivos: el primero de ellos es poder tener información para la toma de decsiones economico financiera y la segunda a efectos de poder dar información a otros sujetos que están interesados en esa información. ( por ejemplo la GEneralitat o HAcienda etc,etc.)

Bien, esa parte te documenta el tema de la contabilidad. Por otro lado, e independiente, si vosotros pagais salarios, cobrais IVA, o realizais algun tipo de remuneración que esté sujeta a impuestos, debereís hacer declaraciones trimestrales de vuestras operaciones. Eso no significa que vosotros tengais que hacer la declaración de la renta, significa que debeis dar información a la Agencia tributaria de vuestras operaciones, y en su caso, realizar los pagos que como “intermediarios” tanto del IVA, como de las retenciones al personal habeis hecho. Es decir, estais dando la información a HAcienda para que los que reciben remuneraciones por vuerstra cuenta hagan ellossu declaración.

Por el pago del concepto de cursos, (entiendo que el tema es el siguiente, se van a realizar unos cursos, y a los ponentes están dentro del importe de la subvención que la Generalitat os ha concedido) serán ellos, los que cobren dichas coordinaciones, los que os facturen a vosotros. Así podemos tomar esa actividad como ejemplo. Los coordinadores os facturaran al Observatori, (que entiendo tendreis un NIF/CIF fiscal), las contabilizareis en vuestros libros contables y posteriormete, al pagarles no les pagaras la retención (que deberá estar en la factura) que deberás ingresar en la Agencia tributaria, a través del modelo 110 que te han dicho que debes llevar.

Ejemplo importe curos 100. REtención 15%. Ellos te presentaran una facttura más o menos así. Tu les pagarás a ellos 85, y deberás pagar a HAcienda las 15 euros restantes, a través del modelo 110.

Es muy recomendable que empieces a llevar una contabilidad, es muy probable que la Generalitar te pida algun dia que le documentes el destino de la subvención.

Espero haberte ayudado un poco
Saludos
Javier Marco

solucionesong.org
Un proyecto de