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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Fernando González Navarro

¿Tenemos que presentar el modelo del anexo II de los nuevas normas de adaptación contables para ESFL?

07.05.12

Somos una asociación declarada de utilidad pública, con la entrada en vigor del R.D. 1491/2011 que aprueba las normas de adaptación del P.G.C. para las ESFL, con respecto al presupuesto ¿tenemos que presentar el modelo que se publica en el anexo II del nuevos R.D. 1491/211?

Gracias de antemano.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

24.05.12

Hola Fernando,

Aunque el artículo 3 del RD dice que están obligadas a aplicar la adaptación las Asociaciones declaradas de utilidad pública y Fundación de ámbito estatal, el Anexo II, que hace mención al Plan de Actuación solo es de aplicación obligatoria para las fundaciones de competencia estatal. Subrayo lo de no es de aplicación obligatoria… porque quizá sea interesante aplicar algunas aspectos que nos ayuden a mejorar la gestión de nuestra Entidad.
Por si te interesa, en http://puche29blog.wordpress.com/ estamos repasando el nuevo PGC para ESL, compartiendo dudas en su aplicación más práctica y así sacar el máximo provecho a lo que en verdad es la contabilidad, una herramienta de gestión.

Un saludo,
Salvador

solucionesong.org
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