Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

Tenemos varias dudas sobre el contrato que queremos hacer a un profesor de baile para nuestra asociación

16.06.14

Hola,

En la Asociación de vecinos queremos contratar a un profesor de baile por 3 horas semanales. ¿Cuánto saldría los que tenemos que pagarle a él en nómina y cuánto a la seguridad social?

¿Si realizase más horas se le podría añadir como horas extras o habría que aumentarle el contrato?
¿Y habría que pagar IAE o se entiende que es una actividad reinvertida en el propio beneficio de la Asociación sin animo de lucro?

El concejal que tenemos de turno nos dice que es ilegal hacer actividades y cobrar por ellas.

Muchas gracias

Juani

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

16.06.14

Hola Juani
Podéis perfectamente realizar actividades economicas. Otra cosa es el reparto de beneficios si los hubiere que en caso de entidades sin animo de lucro está prohibido por lo que se deben invertir en la entidad. Es más os aconsejo realizar actividades económicas para que vuestra asociacion sea sostenible economicamente
En cuanto al contrato del profesor de baile podéis realizar un contrato por cuenta ajena o como autónomo
En el caso de que sea por cuenta ajena el contrato es en la modalidad de contrato a tiempo parcial. Debéis regiros por el convenio colectivo correspondiente y ahí mirar la categoria que le correspondería. Después calcular la parcialidad para saber el coste del salario de este trabajador. El coste de seguridad social viene a ser un 33% añadido al salario, aproximadamente.
En el contrato a tiempo parcial está prohibido realizar horas extraordianrias aunque en la reforma laboral de 2012 de aprobaron pero viendo el Gobierno que no hacían caja, las suprimieron unicamente dejándolas para el supuesto de fuerza mayor y reparar siniestros.
Por lo que si esta persona tiene que realizar mas horas bien podéis aumentar su jornada por ejemplo pasar de 3 horas a 5 ( como ejemplo) o bien pactar horas complementarias (que no son extraordinarias). El preaviso para realizarlas varia si es un contrato temporal o indefinido y el abono debe ser el mismo que la hora ordinaria salvo que el convenio dijese otra cosa
Te dejo la regulación del contrato a tiempo parcial para que le eches un vistazo
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/519105-rdl-16-2013-de-20-dic-medidas-para-favorecer-la-contratacion-estable-y-mejorar.html

Un cordial saludo
Teresa Ferraz

solucionesong.org
Un proyecto de