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Consultas Online

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Consulta formulada por:

David Cereceto Martínez

¿Tiene que darse de alta como autónomo una persona que nos tiene que facturar si no va a realizar esta actividad de forma habitual?

17.02.04

Queremos contratar un psicólogo para un proyecto aun por delimitar el cual nos tiene que emitir factura. Dicha persona no esta dada de alta en el régimen de autónomos ya que no ejerce de forma habitual. Mi pregunta es ¿tiene que darse de alta como autónomo si la cantidad a facturar supera algún limite concreto, o no es necesario si su actividad no va a ser de forma habitual?.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

18.02.04

Toda actividad por cuenta propia conlleva la obligación según la Ley General de la SEguridad Social de darse de alta en el régimen correspondiente en este caso, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Unicamente estaría excluído si se tratara de impartir una conferencia, colaboración para un curso, etc…, por importe inferior a 150.000.-pta

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