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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Juan Carlos Alonso Quilchano

Tras la aprobación de la nueva Ley de Asociaciones por parte del Parlamento Español, ¿cómo quedan las diferentes legislaciones autonómicas?

08.01.04

Tras la aprobación de la nueva Ley de Asociaciones por parte del
Parlamento Español, ¿cómo quedan las diferentes legislaciones
autonómicas?, ¿están obligadas a adaptarse a la del Estado o bien tienen
capacidad de legislar por su cuenta?

En el País Vasco se mantiene la Ley anterior y no tengo muy claro qué
tenemos que hacer al respecto.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

08.01.04

Juan Carlos:

La LO 1/2002 de Asociaciones tiene el caracter de ley parcialmente orgánica, y en consecuencia, los preceptos que no tienen dicho carácter de LO habrán de ajustarse a la distrinbución de competencias entre Estado y CCAA.
Por tanto, entiendo que es cuestión de ir jugando con la Disposición final primera de la LODA para saber los artículos concretos de la ley que son aplicables a todas las asociaciones (rango de LO) o los que sólo lo son a las estatales.
Para aclararte un poco el tema (y si miras la DF primera de la LODA) : el apartado 1 tiene rango de LO, y por tanto es de aplicación directa a todas las asociaciones (contenido esencial del dº de asociacion como dº fundamental); los articulos enumerados en el apto, 2 son de competencia estatal (art. 149.1.1º de la Constitucion), es decir, que por contenido, son condiciones basicas para garantizar la igualdad de todos en el ejercicio del dº de asociacion; el tercer grupo de arts. del apartado 3 es competencia exclusiva del estado por ser de carácter procesal; y finalmente el apto. 4 (utilidad pública) deberá respetar en todo caso los derechos forales vigentes.

Concretando tu pregunta, lo que es claro es que la Disposición Transitoria 1ª, que da un plazo de 2 años para adaptar estatutos a la LODA, OBLIGA A TODAS LAS ASOCIACIONES “inscritas en el correspondiente registro” (por supueto también a las de competencia de las CCAA).

Por tanto, estais obligados a realizar dicho proceso de adaptación (bien sea por modificación estatutaria, bien por comunicación de que los estatutos se adecuan a la LODA), siguiendo los pasos que se han explicado en diversas consultas resueltas o bien en un apartado específico de la pagina de solucionesong.org que se dedica a la adaptación. En vuestro caso teneis que ir viendo los artículos que son directamente aplicables a todas las asociaciones y la Ley Vasca de Asociaciones.

Espero haberos ayudado aunque sea un poco.

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#2

Aportada por:

Alvaro Ortega Santos

Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.

Trabaja en:

Asesor particular

10.01.04

Puesto que DENON ESKOLA es una entidad vasca, tan solo precisar, que si bien partimos del principio de que la ley orgánica 1/2002 reguladora del derecho de asociación viene a sutituir a la antigua ley de asociaciones a nivel estatal del año 1964, teniendose que adaptar en materia asociativa la CAV a aquellos contenidos con rango de LO, lo cierto es que la actual ley de asociaciones del País Vasco (ley 3/1988 de 3 de febrero) casi no se diferencia de la nueva regulación estatal. Está, por tanto, vigente y
mientras el Parlamento vasco no haga ninguna modificación, todas las asociaciones constituidas según la ley 3/1988 están correctamente constituidas y legalizadas no necesitando hacer nada para adecuarse a la nueva ley de asociaciones estatal.

un saludo

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#3

Opinión anónima

12.01.04

Totalmente de acuerdo con Gabriel López. Las entidades de ámbito autonómico o inferior se regirán por su legislación específica, caso de tenerla (Vascongadas, Cataluña y Canarias). En el resto de CCAA, se regirán por la Ley estatal. No obstante, algunos artículos, por su carácter de orgánicos, son de aplicación directa e inmediata. Será la Disposición Final Primera la que nos dirá el carácter de cada artículo en concreto.-

Esta respuesta no es vinculante.-

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#4

Respuesta del participante:

Juan Carlos Alonso Quilchano

29.01.04

Estimados/as amigos /as:
En primer lugar volver a felicitaros por este servicio y quedar a vuestra disposición si como entidad en
algún momento podemos colaborar.
Por otra parte, me gustaría solicitar la dirección electrónica de la persona que me ha contestado la
pregunta, José Gabriel Gómez Car,pmal pues tengo intención de hablar con él y proponerle
la realización de un seminario sobre el tema destinado a las asociaciones que trabajan en Álava, siempre
que a él no le importe que me facilitéis su correo.
Un saludo

solucionesong.org
Un proyecto de