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Consultas Online

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Consulta formulada por:

María Martínez

Queremos organizar un concierto solidario en Madrid para nuestro proyecto en Guinea. ¿Qué impuestos hay que pagar? ¿Y a la SGAE?

14.10.13

Hola,

Queremos organizar un concierto solidario en Madrid. Somos una ONG de utilidad pública. Los fondos son para un proyecto de una escuela en Guinea. Necesitaría que me dijeran los impuestos que hay que pagar y lo que se le paga a la SGAE, etc.

Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Blanca Pérez Álvarez

Equipo SolucionesONG.org

Trabaja en:

Fundación Hazloposible

15.10.13

Hola María,

Te mando enlaces de consultas ya resueltas relacionadas con la celebración de conciertos benéficos:

¿Qué pasos hay que seguir para organizar un concierto benéfico?

Cómo declarar los ingresos que obtengamos por un concierto benéfico

Espero que te resulten útiles. ¡Saludos!

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#2

Opinión anónima

16.10.13

Hola,
las respuestas publicadas no son suficientes: es cierto que se puede declarar los ingresos y/o los beneficios como donaciones o como recogida de fondos para una causa y pues no se debe pagar impuestos sobre ello, pero no dice como hay que regularse con la cuestión de los derechos de SGAE e de los derechos internacionales (copyright)de la música tocada en el concierto.
Nosotros hemos organizado un festival solidario y no hemos cubierto gastos, por lo que no habiendo beneficios no hemos tenido que declarar ni pagar impuestos. Sin embargo Youtube no nos ha dejado publicar los vídeos de los conciertos del festival porque muchas de las canciones tocadas estaban protegidas por el sistema de los derechos de autor.
Intentaremos publicar los vídeos en Vimeo para ver si allí es posible, pero la cuestión de los derechos no ha sido resuelta, aunque todos los artistas hayan participado gratis y fuesen artistas amateur (las canciones eran casi todas canciones famosas)
Espero pues que alguien del equipo pueda aclarar este detalle, para María y también para nosotros.
Si nosotros consiguiéramos una solución os remitiría la información enseguida.
Gracias y hasta pronto.

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#3

Opinión anónima

16.10.13

Hola,
las respuestas publicadas no son suficientes: es cierto que se puede declarar los ingresos y/o los beneficios como donaciones o como recogida de fondos para una causa y pues no se debe pagar impuestos sobre ello, pero no dice como hay que regularse con la cuestión de los derechos de SGAE e de los derechos internacionales (copyright)de la música tocada en el concierto.
Nosotros hemos organizado un festival solidario y no hemos cubierto gastos, por lo que no habiendo beneficios no hemos tenido que declarar ni pagar impuestos. Sin embargo Youtube no nos ha dejado publicar los vídeos de los conciertos del festival porque muchas de las canciones tocadas estaban protegidas por el sistema de los derechos de autor.
Intentaremos publicar los vídeos en Vimeo para ver si allí es posible, pero la cuestión de los derechos no ha sido resuelta, aunque todos los artistas hayan participado gratis y fuesen artistas amateur (las canciones eran casi todas canciones famosas)
Espero pues que alguien del equipo pueda aclarar este detalle, para María y también para nosotros.
Si nosotros consiguiéramos una solución os remitiría la información enseguida.
Gracias y hasta pronto.

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